| Salario base mensual | — |
| Auxilio de transporte | — |
| Base de liquidación mensual | — |
| Días trabajados | — |
| Cesantías (Base × días ÷ 360) | — |
| Intereses (Cesantías × días × 12% ÷ 360) | — |
Cesantías = (Salario base × días trabajados) ÷ 360
Intereses = (Cesantías × días trabajados × 0,12) ÷ 360
Base legal: Arts. 249–252 CST · Ley 52 de 1975 · Decreto 116/1976 · Ley 2466/2025
¿Cómo se calculan las cesantías en Colombia en 2026?
Las cesantías son una prestación social obligatoria regulada por el Código Sustantivo del Trabajo (CST). Todo trabajador con contrato laboral tiene derecho a recibir un mes de salario por cada año trabajado, de forma proporcional a los días efectivamente laborados.
La fórmula oficial es: Cesantías = (Salario base + auxilio de transporte si aplica) × días trabajados ÷ 360. El salario base de liquidación es el último salario mensual devengado, siempre que no haya variado en los últimos tres meses; si varió, se toma el promedio del último año.
Además de las cesantías, el empleador debe pagar los intereses de cesantías equivalentes al 12% anual sobre el saldo acumulado. Estos intereses se pagan directamente al trabajador —no al fondo— antes del 31 de enero de cada año o al momento de la liquidación del contrato.
Para 2026, el salario mínimo legal mensual vigente (SMMLV) es de $1.750.905 COP y el auxilio de transporte es de $249.095 COP. Este auxilio se incluye en la base de cálculo de cesantías para trabajadores que ganen hasta dos salarios mínimos ($3.501.810), según la normativa vigente.
El empleador debe consignar las cesantías en el fondo elegido por el trabajador antes del 14 de febrero de cada año. El incumplimiento genera sanciones e intereses moratorios equivalentes al doble del valor de los intereses causados.